CSIF Córdoba denuncia una vez más la deficitaria cobertura de las bajas de docentes que se están produciendo en los últimos días en los centros educativos de toda la provincia. El sindicato considera que estas actuaciones por parte de la Delegación Territorial de Educación “responden a criterios economicistas al tener el único objetivo de evitar la contratación de decenas de docentes en las últimas semanas de junio, lo que afectaría al cómputo de la correspondiente prórroga vacacional”.
La responsable del Sector de Educación de CSIF Córdoba, Elena García, recuerda que “todas las bajas que se producen en los centros educativos deben ser cubiertas desde el primer día en el que éstas se producen, bien en los días previos al fin de semana, puesto que es habitual que algunas bajas que se han registrado un jueves o un viernes a lo largo del curso no tengan sustituto hasta la semana siguiente; bien como ocurre con el hecho que denunciamos hoy en el que la Delegación no ha hecho ningún llamamiento desde el pasado 9 de junio”.
La dirigente sindical cree que “es fundamental, para hacer efectivo el derecho a la Educación Pública de calidad que tanto dice defender la Administración, que la cobertura de las bajas con efectivos externos se cumpla desde el momento en el que éstas tengan lugar”. García reclama que estas sustituciones se realicen siempre independientemente de su duración y del momento del curso escolar en el que se produzca, dado que en los periodos previos a determinadas fechas como Navidad, Semana Santa o verano, éstas son congeladas con una antelación totalmente injustificada.
CSIF defiende la cobertura de todas las bajas de docentes sin la limitación de 10 días lectivos para nombrar sustitutos. Sin embargo, en este caso esta actuación resulta aún más grave por no atenderse ni tan siquiera lo establecido en la normativa vigente, puesto que no se respetan los supuestos en los que la cobertura de una baja debe ser inmediata. Esos casos que recoge la Ley son cuando el profesor sustituido presta atención al alumnado con necesidades educativas específicas de apoyo educativo, Bachillerato o en centros docentes que tengan implantadas menos de dos líneas educativas. Asimismo, se recoge que cuando la causa de la sustitución sea la situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento no debe haber ninguna demora para la cobertura de la baja.