El delegado de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Francisco de Paula Algar, ha presidido una nueva sesión de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba, en la delegación territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Córdoba.
Algar ha informado que “dicha comisión, ha incluido por primera vez entre los asuntos a tratar, la valoración sobre la adaptación parcial del planeamiento municipal de dos municipios, concretamente de los Planes Generales de Ordenación Urbanística de Bélmez y Guadalcázar”.
Desde la entrada en vigor en 2014 del Decreto que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la valoración le corresponde ahora a la Comisión Territorial, antes atribuida a la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística.
El delegado ha destacado que “en la provincia de Córdoba, 39 de sus municipios se encuentran totalmente adaptados, lo que supone un 52%. Además, 23 se encuentran parcialmente adaptados, un 31 %. A todos ellos se les permite realizar modificaciones de dicho planeamiento que afecten al ordenamiento estructural, hecho que no podrían hacer si al menos no se encuentran parcialmente adaptados.”
Asimismo, sólo 13 municipios de la provincia de Córdoba no se encuentran adaptados, de los cuales tres de ellos, Obejo, Adamuz y Aguilar de la Frontera, se encuentran en proceso de adaptación parcial, y la mayor parte del resto se encuentran en procesos de revisión.
Algar ha subrayado que “la provincia de Córdoba se encuentra por encima de la media regional, significándose además que la mayoría del planeamiento adaptado lo es en su totalidad y no parcialmente”.
La Adaptación Parcial de los Planes Generales de Ordenación Urbanística se concibe como una actualización del planeamiento general vigente en el municipio, ya que fue redactado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) en diciembre de 2002, y básicamente añade aquella regulación de la LOUA que resulta de aplicación directa según su disposición transitoria primera, con los ajustes que resulten en la calificación jurídica del suelo como consecuencia de ello, reconoce la prevalente aplicación de las normas sobrevenidas por la legislación sectorial y planificación territorial, e introduce las diposiciones sobre el suelo para cubrir la necesidades de vivienda protegida, y procede a la adecuación del contenido documental del planeamiento general.
Además, en la misma sesión, se ha informado a los miembros de la Comisión de los expedientes tramitados en desarrollo del planeamiento y otras actuaciones urbanísticas, entre las que cabe destacar las relacionadas con el avance de planeamiento en suelo no urbanizable, que elevan ya a 50 el total de municipios, que representan el 67% del conjunto de municipios de la provincia.