Bases del premio a la solidaridad 2018

En su vigésimo primera edición, el Patronato Municipal de Bienestar Social, a través de los Servicios Sociales Municipales, convoca el Premio a la Solidaridad.

Este reconocimiento, se creo para destacar la solidaridad de las personas, asociaciones o instituciones egabrenses que realizan un gran esfuerzo en mejorar las condiciones de vida de colectivos o personas que se encuentran en una situación social delicada en nuestra ciudad.

Dicho Premio se divide en un trofeo y una parte económica, que se destinara a un fin social, pudiendo optar a ellos cualquier persona o institución mediante la propuesta de la candidatura al Premio de la Solidaridad 2018 en el Centro Municipal de Servicios Sociales, siendo la fecha máxima de entrega el día once de Diciembre a las catorce horas.

La entrega de dicho premio se realizara el día veinte de diciembre alas diecinueve horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.

 

Artículo 1. Objeto.

Con este premio se pretende reconocer la labor solidaria y el compromiso de personas o entidades que con sus acciones e iniciativas altruistas hayan mejorado la calidad de vida de personas o colectivos que por sus circunstancias específicas se encuentran en situaciones socialmente desfavorecidas.

Articulo 2. Participantes.

Podrán optar al premio a la Labor Solidaria todas aquellas personas mayores de edad, asociaciones y colectivos ciudadanos o entidades de ámbito local que, sin ánimo de lucro, en su trayectoria o labor hayan contribuido y destacado en la consecución del objeto de esta convocatoria.
No podrán optar al premio aquellas personas, asociaciones y colectivos ciudadanos o entidades de ámbitos local, que hubieran recibido tal mención en los últimos 5 años
No se admitirán, y por tanto quedarán excluidas de esta convocatoria, las candidaturas que soliciten el premio para sí.

 

Artículo 4. Presentación de Candidaturas.

Cualquier persona o entidad puede presentar candidatura en la que debe hacer constar el nombre y apellidos de la persona física y denominación o razón social si se trata de persona jurídica. Breve memoria descriptiva de los méritos por los que se considera el proponente que el candidato/a es merecedor del premio.
Las candidatura se presentarán en el registro del PMBS o a través de correo electrónico a la siguiente dirección:
franciscojose.mesa@cabra.es concepcion.leon@cabra.es
Las candidaturas presentadas telemáticamente deberán recibir un correo electrónico confirmando la recepción de su propuesta.

 

Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será a partir de la aprobación y publicación de la presente convocatoria finalizando el día 11 de diciembre a la 14 horas.

 

Artículo 6. Constitución y fallo del Jurado

La Comisión de Valoración del Premio, estará compuesta por:
– Presidente del PMBS que actuará como Presidente del jurado, o persona en – quien delegue. – Concejal- delegada de Bienestar Social. – Concejal-delegado de Políticas Sociales. – Representante del Consejo Local de Participación Ciudadana. – Coordinadora PMBS. – Técnico del los SSM. – Secretario del PMBS o persona en quien delegue.
La comisión valorará de forma objetiva e imparcial las candidaturas presentadas, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
-Origen de la labor solidaria (de dónde surge la iniciativa, historia…).
– Permanencia (arraigo que tenga en la comunidad, y su dilatación en el tiempo).
– Beneficiarios de la acción solidaria. – Conciencia colectiva( que su labor haya logrado transformar la sociedad). – Interés social de las actividades realizadas. – -Dificultades propias de las actividades realizadas. – Colaboración con otras organizaciones similares. – Carácter altruista y solidario de la labor.
La decisión será adoptada por mayoría simple, y , de ser preciso, con el voto de calidad del presidente.
El fallo del jurado será inapelable, pudiendo declarar desierto el Premio, cuado las candidaturas presentadas no alcancen un nivel de calidad adecuado en relación con los valores mencionados en este artículo.

 

Artículo 7. Premio.

El premio consistirá en una Estatuilla diseñada para tal fin y una dotación económica de 650 Euros que el premiado deberá destinar a un fin social.

 

Artículo 8. Aceptación de las presentes bases.

El hecho de participar, supone la plena aceptación de las bases y del fallo del jurado.

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