Profesionales del Hospital de Montilla y del Distrito Sur de Córdoba actualizan sus conocimientos sobre consentimiento informado y voluntades vitales anticipadas

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Unos cuarenta profesionales sanitarios del Hospital de Montilla y de Atención Primaria del Distrito Sanitario Sur de Córdoba han asistido a dos sesiones informativas, llevadas a cabo en el centro hospitalario en los meses de mayo y junio, para profundizar en conceptos relacionados con la práctica clínica diaria como son el consentimiento informado, sus dimensiones éticas y los mitos en torno a éste; así como el derecho de Voluntad Vital Anticipadas que pueden ejercer todos los usuarios del sistema sanitario público andaluz.

Los profesionales sanitarios encargados de impartir la sesión han sido la médica especialista en Medicina Interna del Hospital de Montilla, Fuensanta Gavilán, que ha abordado el tema del consentimiento informado, la enfermera del centro montillano, Sonia Pastor, y el enfermero gestor de casos del Hospital Infanta Margarita de Cabra, José Alejo Ortegón, encargados de hablar, respectivamente, sobre Voluntades Vitales Anticipadas y Planificación Anticipada de las Decisiones. Todos ellos pertenecen al Comité de Ética Asistencial de Córdoba.

La parte de la charla informativa dedicada a los consentimientos informados se ha centrado en su dimensión ética y los principales mitos que giran en torno a él. En este sentido, Fuensanta Gavilán destaca la importancia de entender el consentimiento informado como una herramienta inherente a la buena práctica clínica, que permite al paciente, desde su autonomía, decidir de manera informada sobre las actuaciones clínicas de las que será objeto, más allá de ser entendido como un documento que protege al profesional sanitario de posibles complicaciones ligadas a una decisión terapéutica.

Asimismo, la especialista en Medicina Interna del hospital montillano resalta: “Cabe destacar que, desde el punto de vista ético y jurídico, tiene incluso más validez que la firma del consentimiento informado, el hecho de que el profesional sanitario deje constancia, por escrito, en la historia clínica del paciente, de que éste da su consentimiento verbal, tras haberle explicado detenidamente la prueba o intervención que se le va a realizar”.

Voluntades anticipadas

Por otro lado, la parte destinada a la explicación de la Voluntad Vital Anticipada se ha centrado especialmente en los trámites necesarios para gestionar este derecho, denominado de segunda generación, consistente en la manifestación escrita realizada por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones en materia sanitaria que deben respetarse en el caso de que concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. Esta declaración se inscribe en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.

A este respecto, la enfermera del hospital montillano, Sonia Pastor, explica que los profesionales sanitarios de Andalucía tienen la obligación de facilitar a las personas que lo soliciten información sobre Voluntades Vitales Anticipadas. Además, la persona dispone de una Guía para ayudarle a cumplimentar los documentos, aunque si lo desea, puede pedir a un profesional sanitario de su confianza que le ayude en el proceso. 

La preinscripción de la voluntad vital anticipada se puede realizar online, pero es necesaria una cita presencial para poder inscribir la voluntad vital en un punto de registro habilitado a tal efecto. Una vez inscrita la Voluntad Vital en el Registro se colocará un icono de identificación en la Historia de Salud del usuario del sistema sanitario púbico de Andalucía. De esta forma, los profesionales sanitarios que estén al cargo de un proceso clínico pueden acceder y consultar la voluntad vital del paciente que se encuentre incapacitado para decidir. 

Por su parte, el enfermero del Hospital Infanta Margarita, José Alejo Ortegón, ha tratado en la sesión informativa la ‘Planificación Anticipada de Decisiones’. Un proceso que Ortegón califica como “voluntario de comunicación y deliberación entre una persona capaz y los profesionales sanitarios implicados en su atención, acerca de los valores, deseos, y preferencias que quiere que se tengan en cuenta respecto a la atención sanitaria que recibirá como paciente, fundamentalmente en los momentos finales de su vida”. 

En este proceso, pueden participar además los familiares o personas de confianza del paciente, o su representante. El objetivo es elaborar un plan conjunto para que, en el caso de que la persona pierda su capacidad de decidir, bien temporal o permanentemente, puedan tomarse decisiones sanitarias coherentes con sus deseos y valores. Este plan, deberá ser registrado adecuadamente en la Historia de Salud de la persona, revisado periódicamente, principalmente cuando cambien las condiciones de salud de la persona, y comunicado a todas las personas implicadas en la atención sanitaria de la persona enferma, así como a sus familiares y representantes, siempre contando con el correspondiente permiso del paciente.

La relación clínica entre profesionales y pacientes ha sufrido un cambio sustancial en los últimos años, debido, entre otras cuestiones, a la introducción del principio de autonomía a través del consentimiento informado. Por ello, es fundamental organizar actividades formativas de este tipo, que incentivan la toma de decisiones compartidas, entre profesionales sanitarios y pacientes, como práctica habitual.
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